PREGUNTAS FRECUENTES

El Control y Mantenimiento de los Extintores de incendio, además de una cuestión de seguridad, es un requerimiento legal, en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires. Es de cumplimiento obligatorio según lo indicado en la Ordenanza 40.473, y el Decreto 4992/90 respectivamente. Quienes así no lo hagan son pasibles de multas y sanciones, además de exponerse a no cobrar los seguros o a recibir sanciones penales y/o económicas en casos de siniestros.

NO. Sólo pueden realizar estos trabajos las Empresas que se encuentran legalmente habilitadas en su área de actuación. En cada distrito existen
registros con las nóminas de empresas autorizadas por los organismos del Estado para realizar el Control, Mantenimiento y Recarga de Extintores. Los mismos PUEDEN y DEBEN ser consultados por los usuarios ANTES de encargar la realización de trabajos, para evitar sorpresas.
En la Ciudad de Buenos Aires se puede llamar al 4983-2847 o consultar la página del Gobierno de la Ciudad en www.buenosaires.gov.ar. En la
Provincia de Buenos Aires el sitio de consulta es www.opds.gba.gov.ar/index.php/paginas/ver/registro_matafuegos
Un importante grupo de estas Empresas posee además Sello de Calidad IRAM sobre sus trabajos, lo cual brinda al usuario absoluta tranquilidad con respecto a la calidad del trabajo realizado en sus matafuegos. El listado puede consultarse en www.iram.org.ar/Certificacion/tablas/Recarga.asp

SI. Por supuesto que existen empresas o seudo-empresas que dicen estar habilitadas cuando esto no es cierto. Simulan, mienten, se hacen pasar por lo que no son. Hay una sola forma de descubrirlos: Pedirles la HABILITACIÓN correspondiente ANTES de contratar. Ésta debe estar A SU NOMBRE. Si no es así NO HAY QUE CONTRATARLOS.
También hay quienes dicen tener Sello IRAM, cuando esto no es verdad. Para descubrirlos se debe recurrir al listado de Licenciatarios. Se puede obtener telefónicamente en el 4346-0744 / 4346-0626 o bien en www.iram.org.ar/Certificacion/tablas/Recarga.asp

Ya que todo es falsificable, las tarjetas de matafuegos no podían ser una excepción. Existen diversas denuncias ante las autoridades por la aparición de tarjetas «truchas» o «mellizas», entregadas por empresas o seudo-empresas no habilitadas.
Hay una única forma de no ser estafado: contratar sólo Empresas Habilitadas, y en caso de duda, recurrir a las autoridades correspondientes.

También hasta aquí han avanzado los falsificadores e imitadores. IRAM ha iniciado una serie de acciones legales al respecto y ha comunicado a la población los casos detectados mediante avisos en los medios masivos de comunicación. Ante cualquier duda es conveniente dirigirse a IRAM para certificar la autenticidad de las etiquetas llamando al 4346-0744 /4346- 0626 o por mail a extintores@iram.org.ar

  • En la Ciudad de Buenos Aires llamando al 4983-2847 o en www.buenosaires.gov.ar
  • En la Provincia de Buenos Aires llamando al (0221) 429-5548 o en www.opds.gba.gov.ar/index.php/paginas/ver/registro_matafuegos
  • Si ha decidido contratar un Empresa con Sello IRAM puede solicitar el Listado de Empresas al 4346-0744 / 4346-0626 o por mail a extintores@iram.org.ar o consultar el listado completo de Licenciatarios en www.iram.org.ar/Certificacion/tablas/Recarga.asp

Es interesante destacar que haber satisfecho los requerimientos legales es solo un aspecto del problema. Estamos hablando de seguridad en caso de incendio, nos referimos a vidas y bienes. Hablamos de Ud. y los suyos. Por eso es preciso referirse a la CALIDAD DEL TRABAJO. Tener una tarjeta verdadera en el matafuego no asegura la calidad del mismo. Solo cuando el equipo ha sido procesado en forma correcta y ha sido CONTROLADA su calidad, se puede estar realmente tranquilo.

Para ello lo mejor es recurrir a un Licenciatario de Sello IRAM para el Control, Mantenimiento y Recarga de Extintores. Estas Empresas, que se han sometido voluntariamente a las exigentes auditorías de IRAM, son las que están en mejores condiciones para brindar una absoluta seguridad sobre sus matafuegos. Contratando a una Empresa de este grupo, sus matafuegos estarán en las manos de verdaderos profesionales, y contarán con la supervisión del Instituto con más experiencia y seriedad en el tema.

SOBRE EL CONTROL PERIÓDICO DE EXTINTORES

El Control Periódico de extintores es una tarea de fundamental importancia para asegurar las condiciones de prevención contra incendio en una propiedad. Permite verificar en forma periódica el tipo y características de los equipos disponibles, su ubicación y señalización, y que las condiciones de la Dotación Requerida para la misma no hayan sido alteradas.
Además permite tener la certeza que tampoco se han alterado las condiciones de operatividad de los equipos: o sea que estén cargados, que no tengan daños o le falten accesorios.

Es una especie de fotografía periódica que permite detectar y corregir alteraciones sufridas por los extintores posteriormente al mantenimiento, controlar la señalización y mantener la dotación operativa.

El Control Periódico o Trimestral, como una más de las tareas indicadas en la Norma IRAM 3517-2, es obligatorio según lo establecido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la Ordenanza Municipal Nº 40.473/85 y también por la Resolución Ministerial Nº 118 de la Secretaría de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
El único responsable del estado de la dotación, control, mantenimiento y recarga de extintores es el USUARIO. La ejecución de estos trabajos debe ser realizada por personal debidamente registrado (entiéndase por registrado a las empresas inscriptas en el registro de recargadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en la Secretaría de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires), capacitado y con las herramientas, repuestos y materiales de recarga adecuados.

  • l Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
  • La Secretaría de Política Ambiental de la Pcia. de Buenos Aires.
  • Las Compañías de Seguros (en las Pólizas Contra Incendio)
  • Las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo.

No hay una cantidad determinada de controles a realizar por año. La Norma indica claramente que el plazo máximo entre controles no debe exceder de los tres meses, siendo este control independiente de la fecha de vencimiento del mantenimiento y recarga. No es correcto determinar una cantidad anual de controles, sólo debe fijarse la periodicidad de los mismos. Es, en consecuencia, falsa la disyuntiva que algunos prestadores mal informados han instalado en el mercado acerca de si son “tres o cuatro” controles los que deben realizarse en el año.

No. Son tareas totalmente distintas y una no reemplaza a la otra. El mantenimiento y recarga implica el retiro de los equipos del edificio, su procesamiento en taller y su devolución. El Control Periódico es un relevamiento de los equipos y su señalización en su ubicación y la confección de las observaciones al respecto, que busca asegurar un correcto estado de la dotación. Ambas tareas son realizadas en distintos lugares (taller y edificio), y con distintos objetivos y metodología.

El Control Trimestral puede ser realizado por una Empresa diferente a la que realizó el mantenimiento y recarga de los equipos. No obstante, a los fines de asegurar la responsabilidad sobre los trabajos, resulta conveniente que sea la misma Empresa la encargada de ambas tareas. El usuario puede además, ante cualquier duda, recurrir a IRAM para que le indique si los trabajos fueron correctamente ejecutados.

En los equipos mediante la siguiente etiqueta:

etiqueta matafuegos control

Además se debe de recibir del proveedor la planilla, cuyo modelo está indicado en la Norma, que indica el resultado del control realizado:

resultado del control de matafuegos

SOBRE EL CONTROL PERIÓDICO DE EXTINTORES

“Los recipientes bajo presión (Polvo/H20/Haloclean, etc.) deben ser dados de baja en el año que cumplen 20 años desde su fabricación. A diferencia de los matafuegos de Anhídrido Carbónico, que deben ser dados de baja en el año que cumplen 30 años desde su fabricación”.

Dichos procesos los llevamos a cabo cumpliendo leyes del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Estas leyes son de conocimiento público y fueron publicadas en el boletín oficial. En caso de que los mismos no tengan fecha de fabricación, se los debe considerar con vida útil vencida.

La ley es clara en ese sentido:“Todo extintor cuya vida útil se encuentre vencida o sin fecha de fabricación DEBE SER INUTILIZADO”. La forma de inutilización es hacerle por lo menos 2 orificios de 10 mm. de diámetro, como mínimo, cada uno.

Cuando un extintor entra en nuestro proceso de mantenimiento debe hacerse el procedimiento de esa forma, sin excepción.

Es por eso que en el momento en que retiramos equipos para realizar el mantenimiento, la Orden de trabajo indica lo siguiente: los extintores no aptos, serán inutilizados según la norma 3517-2. Es importante que el usuario, como propietario del equipo, cumpla con este procedimiento que se ajusta a las medidas de seguridad y protección ambiental que dicha ley considera a la hora de ser puesta en vigencia.

Este proceso que describo es el que nos corresponde realizar. Tenemos toda la documentación para demostrarlo, lo que no podemos evitar es que los colegas inescrupulosos no lo cumplan, tampoco somos responsables de lo que deciden los funcionarios del gobierno pero apoyamos todas las leyes que vayan a favor de la seguridad de los usuarios y el medio ambiente.

SEPA TODO

El Fuego

Se requieren tres elementos concordantes para la existencia de un fuego: un combustible (el objeto que se quema), oxígeno (presente en el aire) y calor. Si combinamos los tres elementos en forma adecuada obtendremos FUEGO. A esta combinación se la conoce como el Triángulo de Fuego. Al existir un fuego se debe considerar la existencia de un cuarto elemento que es la llamada Reacción en Cadena, o sea la reacción química que se desarrolla.
Siguiendo el mismo criterio pero en sentido contrario podemos decir que al romper o desequilibrar esta relación entre los elementos, el fuego se apagará.
El oxígeno juega un papel fundamental en la mayoría de los procesos de combustión (aunque algunos tipos de metales pueden quemarse en atmósferas sin oxígeno). El tema es que estamos rodeados de oxígeno por estar presente en el aire que respiramos, con lo cual estamos permanentemente en medio de condiciones propicias para la existencia de fuego.
El fuego es uno de los fenómenos de la naturaleza más fascinantes y tal vez el que ha tenido mayor influencia en el desarrollo de la humanidad. Su definición más elemental es: «FUEGO: reacción química violenta que genera calor y llama». Ha acompañado y servido al hombre desde la prehistoria. Sin embargo el dominio que se tiene sobre el mismo dista mucho de ser perfecto y su comprensión es limitada.
Son muy pocos los aspectos de la vida diaria en los que no participa el fuego. Sus aplicaciones van mucho más allá de las necesidades humanas primarias de disponer de alimentos cocinados o de calefacción: es esencial para el desarrollo de la sociedad basada en la tecnología. Al extenderse el hábitat del hombre fuera de las cavernas se amplió el campo de aplicación del fuego y consecuentemente la necesidad de entenderlo y dominarlo.

Los tipos de Fuego

Hay cinco clases de FUEGO según el elemento combustible del que se trate:

  • Clase A: Fuego de materiales combustibles sólidos (madera, tejidos, papel, goma, etc.). Para su extinción requieren de enfriamiento, o sea se elimina el componente temperatura.
  • Clase B: Fuego de líquidos combustibles (pinturas, grasas, solventes, naftas, etc.). Se apagan eliminando el aire, o interrumpiendo la reacción en cadena.
  • Clase C: Fuego de equipos eléctricos bajo tensión. El agente extintor no debe ser conductor de la electricidad. Una vez desconectado el aparato se lo puede apagar con extintores para fuegos tipo A o B.
  • Clase D: Fuego de ciertos metales combustibles (magnesio, titanio, zirconio, sodio, potasio, etc.). Requieren extintores especiales.
  • Clase K: Fuego de aceites vegetales (ejemplo: aceite de cocina). Requieren extintores especiales.

Extintores

Quizás hasta hoy no lo haya notado, pero si presta atención verá que (¡afortunadamente!) los extintores suelen estar siempre a nuestro alrededor. En esta sección podrá conocer todo acerca de estos importantes elementos. Comprenderá la importancia de su correcta elección y de su buen mantenimiento. Podrá reconocer los distintos tipos y verá cómo usarlos.

¿Qué son?

Un extintor (matafuego) es un aparato bajo presión diseñado para expeler su carga extintora de tal manera que sea posible atacar con éxito un foco de incendio. Y este es un concepto de suma importancia: Su función es apagar fuegos o focos de incendio. Los incendios requieren de la acción de profesionales (los bomberos), los matafuegos nos ayudan a que el FUEGO sea eliminado antes de convertirse en una fuerza más difícil de controlar: el incendio.

¿Cómo se usan?

Para usar un extintor, aunque parezca redundante, debemos estar ante un fuego. Es fundamental no confundir un fuego con un incendio: el primero puede ser controlado con un extintor, mientras que el segundo sólo por los bomberos. El tamaño del fuego, la intensidad de sus llamas, la dirección del viento para ubicarnos y poder atacarlo son elementos fundamentales a tener en cuenta para el éxito de nuestra tarea.
Una vez determinados rápidamente los elementos anteriores se debe proceder a elegir el extintor a usar. Resulta fundamental NO USAR un equipo a base de agua (K/A/ AFFF) si en la zona del fuego no se ha cortado previamente la corriente eléctrica.
Es importante saber que las instrucciones de uso de los extintores se encuentran obligatoriamente en el frente de todos los equipos. La pérdida de algunos segundos en su lectura seguramente redundará en una mayor eficiencia de aquellas personas no experimentadas en el tema. También es muy importante recordar que YA NO EXISTEN EQUIPOS QUE DEBAN SER INVERTIDOS (puestos cabeza abajo) para su uso: TODOS LOS EXTINTORES SE USAN SIN INVERTIRLOS pues de hacerlo no funcionarán. Tampoco se debe probar el extintor antes de usarlo por cuanto perderá su presión y no saldrá todo su contenido. Los extintores deben ser accionados directamente sobre el fuego para ser realmente efectivos.
Ya ubicado frente al fuego se debe romper el precinto de plástico, quitar el seguro o traba (es un pasador de metal con un anillo para sujetarlo que impide la descarga accidental), girar el robinete(disco de accionamiento) o presionar la palanca de la válvula y dirigir la descarga con movimiento de vaivén a la base del fuego. Se debe iniciar la descarga lo más cerca posible y avanzar hacia el fuego gradualmente.
Una vez apagado el fuego aunque queden restos de carga en el extintor es conveniente terminar de descargarlos por dos motivos: a) el fuego puede no estar completamente apagado en el interior de los objetos quemados, pudiendo volver a descontrolarse y b)si se suspende el accionamiento, como ya se ha dicho, no se puede reiniciar. Resulta en muchos casos conveniente de ser posible acercarse al fuego con más de un extintor, de forma tal que si no se lo domina con el primero, hay otro equipo a mano para atacar sin pérdidas de tiempo.
Una vez terminado el apagado se debe hacer recargar el equipo de inmediato.

ERRÓNEO

CORRECTO

sepa todo incendios

sepa todo incendios

Ataque el fuego en la dirección del viento.

sepa todo incendios

sepa todo incendios

Al combatir fuegos en superficies líquidas, comience por la base y parte delantera del fuego.

sepa todo incendios

sepa todo incendios

Al combatir fuegos en derrames, empiece a extinguir desde arriba hacia abajo.

sepa todo incendios

Es preferible usar siempre varios extintores al mismo tiempo en vez de usarlos uno tras otro.

sepa todo incendios

sepa todo incendios

Esté atento a una posible reiniciación del fuego. No abandone el lugar hasta que el fuego quede completamente apagado.

Mantenimiento

Continuamos brindándole la información necesaria para evitar ser engañado y elegir el mejor servicio para contar con la mejor seguridad contra incendios. Cada vez que dude de los dichos de algún proveedor, podrá recurrir a esta página y disipará sus incógnitas.
Aquí encontrará todo lo que siempre quiso saber. Podrá resolver todos sus cuestionamientos y aclarar todas sus dudas. Conocerá la diferencia entre “Mantenimiento” y “Recarga”. Verá en forma sintética (o si lo desea con todo detalle) cuáles son los procesos a los que se somete un extintor y sus partes. Hallará también explicación sobre conceptos que seguramente ha escuchado mencionar: la prueba hidráulica, el marbete, el cambio del polvo químico, y muchas otras cuestiones, dejarán de ser temas que Ud. no domina.

El anillo indicador

Siempre ha sido una preocupación para las Empresas que trabajan seriamente el diferenciarse de quienes no lo hacen. Por ello en 1997 a instancias de las mismas y con el apoyo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de la Subsecretaría de Política Ambiental de la Pcia. De Buenos Aires y del IRAM, se decidió introducir una modificación en la Norma 3517 – Parte 2.
Ésta permitiría dar al usuario y a los propios Organismos de Control un simple mecanismo para saber si el proveedor había intervenido el equipo.
Se creó un disco o anillo a ser interpuesto entre la válvula y el cuerpo del matafuego, que por sus características sólo puede ser colocado cuando el equipo está desarmado. También se fijó un cronograma con los diferentes colores de estos elementos que son diferentes cada año.
Se buscó así, poner en manos del público una herramienta de control y el tiempo demostró que la idea fue acertada.

Texto de la Norma

3.10 Marbete indicador

3.10.1 Cada vez que el extintor deba ser intervenido como consecuencia de la tarea de mantenimiento y recarga se le deberá colocar un marbete indicador, en forma de disco.
Para una rápida visualización de que el extintor ha sido desarmado, llevará en el cuello un disco indicador, de fenol formaldehído (baquelita) coloreado en su masa, con un color que cada año se cambiará oportunamente, según el cronograma establecido en esta norma y cuyas medidas, condiciones y características serán las indicadas a continuación.
El disco indicador de mantenimiento y recarga se colocará entre la válvula y el recipiente de todos los extintores manuales (agua, polvo, CO2, etc.) que según la Norma deban ser desarmados en dicho proceso, de modo que estando la válvula colocada no pueda ser quitado sin antes romperlo.

Medidas y características del disco indicador de recarga.

El disco indicador deberá tener como mínimo 4 entallas radiales a intervalos de 90º que permitan su rotura antes de alcanzar una deformación de 20 mm.

PERIODO ANUAL COLOR DEL DISCO
   15/08/1998 al 15/08/1999    VERDE CLARO
   15/08/1999 al 15/08/2000    NARANJA
   15/08/2000 al 31/12/2000    MARRON CLARO
   01/01/2001 al 31/12/2001    NEGRO
   01/01/2002 al 31/12/2002    AMARILLO
   01/01/2003 al 31/12/2003    CELESTE
   01/01/2004 al 31/12/2004    VERDE OSCURO
   01/01/2005 al 31/12/2005    AZUL
   01/01/2005 al 31/12/2006    LILA
   01/01/2005 al 31/12/2007   BLANCO

Se admitirán pequeñas diferencias de tonalidad propias del proceso de fabricación. Las muestras de los colores quedarán a disposición de los usuarios en los Organismos de Control y en el Instituto IRAM.

Los repuestos

Los extintores son equipos preparados para durar una cierta cantidad de años, bajo condiciones normales de uso. Para que esto suceda se debe, mediante el Mantenimiento y recarga, mantener sus condiciones originales.

Ahora bien, una cantidad importante de sus piezas son plásticas, de goma, o bien están sometidas a esfuerzos aún con el equipo sin operar. Estas piezas, como es lógico suponer, se deterioran con solo el paso del tiempo. Los plásticos se resecan o cuartean, las gomas envejecen y pierden flexibilidad y otras piezas no recuperan sus características originales y deben ser reemplazadas.

Un extintor es un dispositivo mecánico, como un automóvil o una canilla. Pensemos que dejamos nuestro vehículo estacionado o una canilla sin abrir durante varios años: para que funcione bien seguramente habrá que cambiarle mangueras, juntas, gomas, retenes o filtros al primero, y el “cuerito” a la segunda que tal vez abra pero quede perdiendo. Con un extintor pasa exactamente lo mismo.

Hay también piezas con roscas, que pueden sufrir daños en las mismas, luego de los reiterados procesos de desarmado y armado a los que se someten los equipos. Una rosca defectuosa en equipos sometidos a presión puede ocasionar graves accidentes y por lo tanto debe ser reemplazada la pieza afectada.

Se equivoca el usuario que dice: “si no lo usé no hay motivo para cambiarle piezas”. Y tampoco está en lo cierto el proveedor que sostiene previamente a la realización de un trabajo, que no va a hacer falta cambiar repuestos o que los incluye en su precio. Es una práctica comercial errónea incluir el valor de los repuestos en el precio final (además de una temeridad). No se puede saber antes de desarmar el equipo en el taller y revisar sus componentes si alguno deberá ser cambiado.

¿Qué dice la Norma IRAM 3517-II?

Controles

El Control Periódico de extintores es una tarea de fundamental importancia para asegurar las condiciones de prevención contra incendio en una propiedad. Permite verificar en forma periódica el tipo y características de los equipos disponibles, su ubicación y señalización, y que las condiciones de la Dotación Requerida para la misma no hayan sido cambiadas.

Además permite tener la certeza que tampoco se han alterado las condiciones de operatividad de los equipos: o sea que estén cargados, que no estén obstruidos y que no tengan daños o le falten accesorios.
Es una especie de fotografía periódica que permite detectar y corregir alteraciones sufridas por los extintores posteriormente al mantenimiento, controlar la señalización y mantener la dotación operativa.

Importancia para la seguridad de los usuarios

Desde este punto de vista el beneficio de realizar el Servicio de Control Periódico comprende dos aspectos:

a). Comprobar si es correcta la dotación de extintores de incendio, su ubicación y señalización.
Para este punto la norma IRAM 3517 – parte II presenta el anexo “A” donde se describen las dotaciones mínimas requeridas en función de los distintos usos y los distintos equipos a utilizar. Este anexo es vital debido a que unifica criterios entre quienes asesoran y le permite a cualquier usuario tener una referencia básica sobre la cantidad y tipo de extintor que necesita.
Por otra parte en lo que se refiere a señalización se relaciona directamente con la Norma IRAM 10.005 (Colores y señales de seguridad) definiendo así un solo criterio para el tema.

(La versión anterior de la norma IRAM N° 3517 Parte II no definía ningún criterio de dotación mínima y solo existía como referencia el Código de Edificación.)

b). Brindar una seguridad razonable en cuanto a la disponibilidad y operatividad de los extintores de incendio existentes en cada propiedad.
Existen diversos motivos para que un extintor no funcione correctamente, algunos se relacionan con el equipo propiamente dicho y otros con el trato que pueda recibir durante el período de un año que transcurre entre cada mantenimiento.
Un extintor puede tener micro pérdidas por las soldaduras, el manómetro, el o’ring del cuello de la válvula, el o’ring del vástago de la válvula o por el asiento de la misma. Generalmente estas fallas se detectan al realizar el mantenimiento, pero hay equipos en los que no se descubren.
También existen casos en donde manos irresponsables extraen o rompen accesorios como ser mangueras, toberas, precintos, etc. o accionan intencionalmente el extintor generando la descarga total del gas impulsor.
Otro ejemplo de importancia del Control Periódico son los discos de seguridad que cumplen una función muy importante en los equipos de dióxido de carbono al provocar la descarga total del agente extintor en caso de una sobrepresión del mismo, evitando la rotura del cilindro y lo que ello representa.
Solamente el control in situ de los extintores permite detectar y corregir estas fallas. Para ello la Norma 3517 parte II establece que dicho control deberá realizarse como máximo cada tres meses, siendo esta frecuencia variable en menor tiempo según la necesidad de cada usuario. Esta necesidad está relacionada con varios aspectos como ser:

El riesgo a cubrir

  • Si los equipos se encuentran en lugares públicos o privados
  • Si los equipos se encuentran al aire libre
  • Las normas internas de Higiene y Seguridad del cliente
    (La versión anterior de la norma IRAM N° 3517 Parte II establecía que la frecuencia del control debía ser mensual, y debía realizarlo el mismo usuario)

Importancia legal de su cumplimiento

En este sentido es importante tener bien en claro que el único responsable de la dotación, control, mantenimiento y recarga de extintores es el RESPONSABLE DE LA PROPIEDAD, y que la ejecución de estos trabajos debe ser realizada por personal debidamente registrado, (entiéndase como tal a las Empresas inscriptas en el Registro de Recargadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en la Secretaría de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires) capacitado y con las herramientas, repuestos y materiales de recarga adecuados.

(La versión anterior de la norma IRAM 3517 Parte II establecía que el usuario era quién debía realizar el control de los extintores, en forma mensual. Como se sabe esto no es posible dado que no está capacitado para hacerlo y no cuenta con los elementos necesarios como herramientas o repuestos. En los hechos esto no funcionaba.)

Este procedimiento alcanza a todos los Licenciatarios de Sello IRAM para el servicio de control, mantenimiento y recarga de extintores de conformidad con la norma IRAM 3517 parte II, a todas las empresas inscriptas en el registro de Recargadores del Laboratorio de Ensayos de Materiales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de la Secretaria de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a todas las Empresas del país en cuyo distrito así se lo exija.

El cumplimiento de la Norma IRAM 3517 Parte II es obligatorio según lo establecido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la Ordenanza Municipal Nº 40.473/85 y también por la Resolución Ministerial Nº 118 de la Secretaría de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Este punto es fácil de comprender pero el motivo principal que debe tener en cuenta el usuario para contratar este servicio es la conveniencia y necesidad de realizar el control.

La tarea

Aquí encontrará un breve resumen de las tareas más importantes que son necesarias para dar cumplimiento a este aspecto fundamental del cuidado de un extintor. Conozca cómo se hace el trabajo, y descubra si su proveedor está haciendo lo correcto.

Determinación de la dotación necesaria

Es un trabajo profesional de evaluación del edificio que se realiza una sola vez y por lo tanto resulta fundamental su correcta ejecución. Es una tarea en la que se debe poner especial atención ya que implica un estudio de la documentación de la propiedad (planos, Reglamentos de PH, etc.), y una detallada inspección del edificio. Mediante esta tarea se pone en manos del usuario un elemento que le permite conocer, sobre una base real, cuál es la dotación de extintores que resulta necesaria para una adecuada protección de su propiedad, así como su ubicación y la forma en que los mismos deben estar señalizados. Le permite disponer así de un documento técnico que lo pondrá a cubierto de quienes pretendan, por exceso, venderle lo que no necesita o, por defecto, lo pongan en una situación de indefensión.

El control propiamente dicho

Es un servicio que debe realizarse con una periodicidad previamente establecida. Es falsa la disyuntiva que, por una incorrecta interpretación de la tarea, algunos usuarios y prestadores han hecho entre “tres o cuatro controles al año”. Los controles son cada tres meses como máximo, y se deben realizar sin cortar su continuidad, ya que la Norma no lo prevé. En este sentido son equiparables a las tareas de fumigación, limpieza de tanques de agua, control de ascensores o cualquier otro servicio que se maneje con un sistema de frecuencias periódicas.

Es fundamental destacar que el Control de los extintores no puede ser reemplazado por el Mantenimiento o la Recarga, aun cuando ambas tareas coincidan en el mismo mes. El Control de Extintores es una visión de la Dotación o sea de todos los equipos en su ubicación y la confección de las observaciones al respecto. El Mantenimiento y Recarga implica el retiro de los equipos del edificio, su procesamiento en taller y su devolución. Solo se verifican los equipos, independientemente de su ubicación y/o señalamiento. Ambas tareas son realizadas en distintos lugares (taller y edificio), por distinto personal y con diferente metodología y objetivos. El Mantenimiento se ejecuta sólo sobre aquellos equipos que están en su fecha de vencimiento, el Control Periódico, en cambio se realiza sobre todos los extintores de la propiedad.

En cada control se realizarán las tares indicada en la Tabla 1 del Anexo B Guía de Control y Mantenimiento de extintores de la norma IRAM 3517 Parte II según lo indicado en la columna INSPECCION VISUAL.

Cuando el control revele algún deterioro, pérdida, daño, que el extintor está descargado o sobrecargado, o evidencia alguna otra característica que no se ajuste a lo indicado en dicha norma deberá ser retirado de servicio y se lo someterá al mantenimiento correspondiente.

Se tendrá en cuenta que el extintor se encuentre en el lugar que le corresponde, que las instrucciones de funcionamiento son legibles y que no tienen trabas u obstrucciones que impidan su correcta operación.

Se verificará por último que los mismos estén debidamente señalizados.
A cada equipo en condiciones se le colocará una etiqueta que indicará el nombre de la empresa que realizó el control, la fecha del control y la fecha del próximo control. Por ultimo se confeccionará el formulario detallado en el anexo C de dicha norma el cual deberá llevar la firma del responsable que realizó el control y donde se registrará el cumplimiento o no de los requisitos de la norma IRAM Nº 3517 Parte II.

Una copia de dicho formulario quedará en poder del usuario y otra en poder de la empresa que realizó el trabajo.

Estas tareas son una de las contrataciones frecuentes que se realizan en todos los edificios o establecimientos. Pero no por ello dejan de ser altamente conflictivas en muchos casos a la hora de tomar partido por una u otra oferta.

Para aportar a la solución de este problema describiremos en esta nota la problemática y sus alternativas, incluyendo finalmente lo que hemos dado en llamar LOS CINCO PASOS PARA CONTRATAR CON SEGURIDAD LOS SERVICIOS DE CONTROL Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES.

La tarea y los oferentes

El proceso de mantenimiento y/o recarga de un extintor no se realiza a criterio de cada Empresa. Por el contrario está indicado paso a paso en las Normas elaboradas por el Instituto Argentino de Normalización (IRAM), que indican las pruebas que debe pasar y aprobar cada equipo y sus partes y, además determinan el nivel de calidad final que debe tener cada extintor recargado. Estas normas escritas, numeradas y ordenadas han sido adoptadas como patrón de calidad por los Organismos de Control correspondientes, tanto en la Ciudad de Buenos Aires, como en la Provincia de Buenos Aires.

En la Capital Federal las tareas de Reparación, Recarga y Control de Equipos Contra Incendio se encuentran reguladas mediante la Ordenanza 40.473 de 1985. Ella indica los controles por los que deben pasar las Empresas para obtener su habilitación, así como los informes acerca de los métodos de trabajo, características de las maquinarias, listado del personal, organigrama, etc. La Ordenanza, entre otras cosas, indica que los extintores deben ser sometidos a mantenimiento anualmente, controlarse como máximo cada tres meses, y detalla las características de la Tarjeta Municipal que debe tener cada uno. En la Provincia de Buenos Aires existe una Legislación muy similar a través del Decreto 4992/90.

Dado que el proceso de recarga de un extintor se realiza dando cumplimiento a las Normas elaboradas por el Instituto Argentino de Normalización (IRAM), en este caso es el de la norma IRAM Nº 3517 Parte II, todas las Empresas Legalmente Habilitadas debieran estar obligadas a cumplir con estas normas.

No obstante ante la imposibilidad de los usuarios de saber si han sido engañados o no en cuanto a la calidad de servicio por el que pagaron, y frente a los problemas que han tenido y aún hoy tienen aquellos sistemas de control que se encuentran en manos del Estado, un importante grupo de empresas sobre el total de habilitadas han decidido hacer auditar su producción por un tercero independiente.

Es por ello que, luego de muy serios controles han obtenido la Licencia para el uso del Sello IRAM en el Control, Mantenimiento y Recarga de Extintores, lo cual implica para el usuario de los mismos la tranquilidad de saber que la Empresa que realiza los trabajos ha decidido adherir a un sistema de control y auditoria permanente sobre la calidad de su producción.

Sólo un producto o servicio que ostenta el Sello de Calidad IRAM garantiza el estricto cumplimiento de los procesos productivos y la obtención de los niveles de calidad buscados por el usuario.

Es fundamental comprender:

  • «Tener norma» no es lo mismo que…»Tener Sello IRAM»
  • «Según norma» No es lo mismo que… «Tener Sello IRAM»
  • «De acuerdo a norma» No es lo mismo que…»Tener Sello IRAM»
  • «Cumplir con la norma» No es lo mismo que… «Tener Sello IRAM»
  • «Bajo norma» No es lo mismo que… «Tener Sello IRAM»

A este panorama se debe agregar la gran cantidad de Empresas o pseudo-empresas que con muy diferentes argumentaciones pretenden confundir estos sencillos conceptos. Suelen engañar a los usuarios que, de buena fe, ponen la seguridad de sus vidas y bienes en manos de quien no debieran hacerlo.

Para resumir:

  1. Hay empresas que se encuentran Legalmente Habilitadas y por lo tanto debieran estar obligadas a cumplir con los máximos niveles de calidad. El control sobre ellas es estatal.
  2. Hay empresas que además de su habilitación poseen Sello de Calidad IRAM sobre sus trabajos. Brindan un nivel de calidad auditado, y pueden garantizarlo con la certificación de un tercero independiente.
  3. Hay empresas que dicen que sus trabajos cumplen con las normas vigentes, pero, en sus presupuestos y facturas, no figuran sus números de habilitación. No es cierto lo que afirman: dicen que llevan los extintores a sus propios talleres, pero el nombre de la firma que figura en la Tarjeta Municipal de los matafuegos y extintores, no es el mismo que el de la firma contratada. Esto quiere decir que NO son empresas Legalmente Habilitadas. Son intermediarios, cuya participación diluye la responsabilidad sobre los trabajos.
  4. Hay empresas que dicen que por pocos pesos entregan las Tarjetas Municipales de los extintores, sin llevarse los mismos. Son delincuentes que tratan de aprovecharse de las dificultades económicas. No sólo no son Empresas Legalmente Habilitadas, sino que las Tarjetas que entregan suelen ser falsas o robadas.

La contratación

El primer error que se puede cometer consiste en creer que dado que la calidad final que debe tener el trabajo está fijada en una Norma, ésto se va a obtener independientemente de la Empresa a la que se contrate. Lamentablemente no siempre sucede así.

Muchas veces se contrata sin siquiera averiguar si la firma está habilitada, y sin verificar la vigencia de su habilitación en caso de tenerla. Pero sobre todo no se hace controlar la calidad del trabajo que entregó.
Es importante destacar que al contratar cualquier otro mantenimiento se suelen controlan los trabajos antes de completar el pago. En este tema, en cambio, es frecuente obrar de diferente forma: se contrata, no se controla y se paga sin saber cómo se hizo el trabajo. Esta descripción es cierta en la enorme mayoría de los casos. Así se cumple o se cree cumplir con la Reglamentación pero se deja de lado la seguridad al no saber si los trabajos fueron correctamente realizados o si se produjo un engaño o una estafa.

Los cinco pasos

1) Determinar quién va a controlar la calidad.

Éste es el punto central de todo esquema de contratación eficiente. Si no es posible verificar lo que se contrata ya sea porque no se debe o no se puede hacerlo, o simplemente porque escapa a las capacidades técnicas dada la complejidad del tema, se debe buscar quién lo haga. Ésta que parece una verdad de Perogrullo, es la principal falencia de la mayoría de las contrataciones de Servicios que se efectúan. Veamos quién no puede hacerlo y quién sí:

No lo puede hacer alguien sin experiencia y sin la logística adecuada. Para saber si un extintor ha sido correctamente procesado de acuerdo a la Norma IRAM 3517 – Parte 2 se lo debe someter a una serie de pruebas en taller (debe ser retirado del edificio). No alcanza con mirarlo u observar si el manómetro indica “cargado”. El equipo debe de haber pasado por una serie de procesos y se debe verificar que realmente lo haya hecho. También debe controlarse la documentación en las instalaciones de la Empresa que realizó el trabajo, dado que todas las tareas deben ser registradas en planillas a tal efecto para mantener la trazabilidad del producto, esto es para poder saber que acciones se realizaron en cada equipo a lo largo del tiempo y cuales fueron los resultados de los ensayos de calidad realizados. Tampoco lo puede hacer alguien que sea parte del proceso, o sea no lo puede hacer la propia Empresa que realizó el trabajo, por lo que la propia garantía es insuficiente a los efectos de controlar la calidad.
Sí lo puede hacer un tercero habilitado para esa tarea desde el punto de vista de su capacidad técnica y de su disponibilidad de instrumental para realizar los controles. En este punto es donde nos encontramos con los Organismos de Control que existen para este rubro: Los oficiales (Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o de la Provincia de Buenos Aires, según la jurisdicción) y los privados (IRAM).
Es de suma importancia entonces determinar un organismo controlador para certificar la calidad de los trabajos luego de su realización. Esto debe definirse antes de la contratación para evitar caer en errores a la hora de comparar ofertas.

En este sentido, más allá de las enormes dificultades burocráticas que plantea el funcionamiento de los Organismos Estatales, es importante saber que los mismos no realizan este tipo de controles a pedido de los usuarios, no poseyendo ni el personal ni los vehículos, ni la directiva de hacerlo. Sólo actúan ante casos puntuales de denuncias.

Es así que entendemos imprescindible dejar esta tarea en manos de un Organismo privado que, como IRAM, tiene el oficio, la experiencia y la jerarquía adecuada para ser totalmente confiable en sus controles.

2) Confeccionar un breve pliego.

Existen documentos que pueden tomarse como base para su preparación. En este sentido la Cámara Argentina de Seguridad tiene a disposición de quien lo solicite un breve pliego para el concurso de precios del servicio de Mantenimiento y Recarga de Extintores y otro para el Control Periódico de los mismos. (Solicitar los pliegos)

En ellos se reseñan los puntos esenciales que debe tener un documento de este tipo a los fines de permitir una clara comparación de ofertas: despejar el camino de aquellos oferentes que no reúnen determinados requisitos y permitir que participen de la consulta solo firmas de igual nivel técnico.

3) Seleccionar el grupo de oferentes.

Es también importante definir un limitado grupo de oferentes. No se puede comparar para una tarea de esta envergadura una cantidad ilimitada de ofertas. Se debe definir un número de oferentes (resulta conveniente no menor que tres y no mayor que cinco) y limitar el pedido de precios sólo a este grupo.

Estas Empresas deberán además estar capacitadas financieramente y tener la adecuada idoneidad comercial. En este sentido es de suma utilidad recurrir al asesoramiento de quienes, como la Cámara Argentina de Seguridad, pueden suministrar referencias de sus asociados.

4) Elegir y adjudicar.

Esta es la parte que debe manejar el usuario, y por lo tanto no abundaremos en detalles. Una vez reunida la información se elige y se adjudica.
Hasta que el trabajo esté terminado sólo cabe ocuparse de los aspectos administrativos del mismo (autorización para realizar el trabajo, documentación para retirar los equipos, remitos para su devolución, facturas, etc.).

5) Hacer controlar el trabajo

ENCUENTRENOS EN LOS LISTADOS! SOMOS EXTINCENTER (Grexse S.A)

Una vez finalizados los trabajos, se debe hacer el cierre de este proceso de compra. Para ello se debe requerir del Organismo elegido para hacer el control de la tarea que efectivice el mismo. En el caso particular de IRAM se debe llamar al Departamento correspondiente al 4346-0744/4346-0626 o enviar un mail a extintores@iram.org.ar para solicitar la inspección de los equipos. También puede hacerlo ingresando al link CERTIFICACIÓN DE PRODUCTOS, PROCESOS Y SERVICIOS del sitio oficial de IRAM-CERTIFICACIONES OTORGADAS  Este Organismo fijará una fecha para hacer el retiro de los extintores (dejando otros de similares características en su lugar), los llevará al taller de la Empresa y realizará los ensayos, pasando luego un informe sobre el resultado de los mismos, no debiéndose abonar cargo alguno por este servicio. Cabe mencionar que estas tareas pueden ser presenciadas por los usuarios a su pedido.

¿Cómo sabe que le dijeron la verdad al contratar el mantenimiento de sus matafuegos? ¿Le habrán hecho pasar gato por liebre?

Aquí encontrará las respuestas a estas preguntas. Son muy simples. Solo preste atención y siga estos pasos:

1. Verifique quien se hace “responsable por el trabajo”. (El nombre debe estar obligatoriamente en tres lugares, y los tres deben coincidir )

  • El de quien emite la factura.
  • El que figura en la etiqueta de recarga pegada en el matafuego.
  • El que está en la Tarjeta Municipal.
  • Si alguno es distinto… algo anda mal !

2. Averigüe si su proveedor realmente “tiene Sello IRAM” o si está autorizado para realizar trabajos de instalaciones fijas contra incendio.

CONFIRME SI ES VERDAD QUE LA EMPRESA QUE ESTÁ POR CONTRATAR TIENE SELLO IRAM

No todos los que dicen tener sello IRAM lo tienen realmente.

Recuerde que cumplir con la Norma IRAM no es lo mismo que tener Sello IRAM.
Para consultas sobre Licenciatarios de Sello IRAM para el Control, Mantenimiento y Recarga de Extintores puede consultar a través del buscador del sitio web de IRAM siguiendo las instrucciones a continuación: Es muy simple!

1) Abra el link hacia el buscador http://www.iram.org.ar/index.php?buscar

2) Seleccione para el campo “BUSCAR EN…” la opción “Certificaciones otorgadas”

3) A continuación, en el campo “Tipo de certificación” seleccionar la opción “Mantenimiento y recarga”

4) Por último, en el campo “Empresa/Titular” busca a la empresa que desea consultar. Si el buscador la encuentra significa que la empresa está dentro del listado de Licenciatarios de Sello IRAM para el Control, Mantenimiento y Recarga de Extintores. A nosotros nos encuentra por EXTINCENTER y/o nuestra razón social Grexse S.A. A continuación le brindamos la captura de pantalla de cómo verá el resultado en la web de una empresa con sello IRAM, EXTINCENTER:

web iram

También puede escribir un mail a extintores@iram.org.ar que es la mejor vía de comunicación para consultar. O puede llamar al 4346-0626/0639/0600.

COMPRUEBE SI LA EMPRESA QUE ESTÁ POR CONTRATAR ESTÁ AUTORIZADA A REALIZAR TRABAJOS DE INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIO.

Para INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIOvisite el siguiente link oficial de REGISTRO DE EMPRESAS QUE FABRICAN, REPARAN, Y MANTIENEN INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIO. http://data.buenosaires.gob.ar/dataset/fabricantes-reparadores-instaladores-y-mantenedores-de-instalaciones-fijas-contra-incendios